No es posible. El artículo 16 de la Ley N.° 26549, Ley de los Centros Educativos Privados, modificada por
la Ley N.° 27665, indica que las II. EE. privadas no podrán condicionar la evaluación de los estudiantes al
pago de pensiones. En ese sentido, deberán permitir la permanencia de dicho estudiante durante todo el
año escolar.
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¿Se puede prohibir la evaluación de un estudiante ante el adeudo de pensiones en una institución educativa privada?
¿Se puede prohibir la evaluación de un estudiante ante el adeudo de pensiones en una institución educativa privada?
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