Para la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad leve o
moderada, durante el periodo de matrícula, las II. EE. deben reservar al menos dos (2) vacantes por aula.
Luego de este periodo podrán ser cubiertas por estudiantes regulares.
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¿Cuántas vacantes deben considerar las II. EE. públicas en los niveles y grados de Educación Básica Regular (EBR) para la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales?
¿Cuántas vacantes deben considerar las II. EE. públicas en los niveles y grados de Educación Básica Regular (EBR) para la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales?
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